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miércoles, septiembre 23, 2026
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Portugal prohíbe ocultar el rostro en espacios públicos y contempla multas de hasta 3,000 euros

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La denominada “ley del burka” entró en vigor este miércoles en Portugal y prohíbe utilizar en espacios públicos prendas destinadas a ocultar o impedir la exhibición del rostro, con multas que pueden alcanzar los 3,000 euros. La norma fue publicada el 24 de agosto y establecía su entrada en vigor 30 días después.

La Ley 58/2026 no menciona expresamente el burka, el niqab ni ninguna religión. Su aplicación comprende las vías públicas, lugares abiertos al público, espacios destinados a servicios públicos y establecimientos donde se presten servicios generalmente accesibles a los ciudadanos. La prohibición también se extiende a eventos, prácticas deportivas y manifestaciones.

La legislación contempla multas de 150 a 750 euros cuando la infracción sea por negligencia y de 400 a 3,000 euros cuando exista dolo. La fiscalización corresponde a las fuerzas de seguridad, mientras que las autoridades municipales tendrán a su cargo la tramitación de los procesos y la aplicación de las sanciones.

La norma establece excepciones cuando la ocultación del rostro esté justificada por razones de salud, motivos profesionales, artísticos, de entretenimiento o publicidad, así como por cuestiones de seguridad o condiciones climáticas. También quedan fuera de la prohibición las aeronaves, instalaciones diplomáticas y consulares, lugares de culto y otros espacios sagrados.

Además, la ley sanciona a quien obligue a otra persona a ocultar el rostro mediante amenaza, violencia, coacción o abuso de autoridad o poder. En esos casos, contempla hasta dos años de prisión o una multa de hasta 240 días, con un agravamiento de un tercio cuando la víctima sea menor de edad.

El texto tuvo su origen en una iniciativa del partido Chega y fue aprobado definitivamente por el Parlamento portugués el 17 de julio, antes de ser promulgado por el presidente António José Seguro el 18 de agosto.