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Santo Domingo.- Que el Código Penal no entre en vigencia en agosto próximo o que se extienda el período de vacatio legis para mejorarlo es algo con lo que no comulgan juristas consultados durante el Almuerzo del Grupo de Comunicaciones Corripio.

Dos exjueces, uno de la Suprema Corte de Justicia, Alejandro Moscoso Segarra, y la otra del Tribunal Constitucional, Katia Miguelina Jiménez, además del juez de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Rafael Báez, coincidieron en que el Código Penal debe entrar en vigencia tal como se previó y que, posteriormente, se corrijan defectos.
Valoran reforma
Moscoso Segarra, quien también fue procurador fiscal del Distrito Nacional, cree que el Código Penal constituye la reforma más importante del derecho penal sustantivo.
Tras elogiar las novedades de la pieza y sus nuevos artículos, declaró ser consciente de que toda norma es susceptible de ser corregida.
Puso como ejemplo el Código Penal francés, del que dijo ha recibido más de 100 modificaciones desde su última reforma general, en 1994.
“Desde mi modesto punto de vista, el Código Penal debe entrar en vigencia y luego modificarse, o que el Tribunal Constitucional emita una sentencia exhortativa al Congreso”, explicó.
Al respecto, Jiménez argumentó que el Código Penal viene a regir la realidad actual. No obstante, aprovechó para cuestionar algunos de sus artículos en lo relativo a los delitos que afectan a las mujeres.
Indicó que en el artículo 124 el legislador omitió describir y categorizar la violencia mediante fuerza física.
También cuestionó que no se penalice el castigo físico cuando sea ejercido por el padre o la madre contra sus hijos con fines de corrección y que, en el artículo 127, se sustituya la palabra “mujer” por “cualquier persona”.
Código punitivo
Báez también habló en términos positivos sobre la normativa y explicó que era necesaria.
Sin embargo, consideró que la ley está excesivamente orientada hacia lo punitivo. “Este es un Código Penal punitivista y reactivo”.
Indicó que todas las penas fueron aumentadas drásticamente y que se desbordan los límites razonables de la sanción penal.
“Una pena de 60 años atenta contra la vida. Un joven de 18 años condenado a 60 años nunca más retornará a la ciudadanía. Entonces, ¿dónde queda la reinserción?”.
Báez indicó que las cárceles del país podrían desbordarse y que el populismo penal es el responsable de que, incluso antes de la aprobación del Código Penal, se aplaudieran y promovieran esos incrementos en las penas.
“Este Código va a tener un impacto negativo en el ámbito penitenciario. Los países desarrollados no construyen cárceles, sino escuelas. Cada centro penitenciario es un fracaso de la política gubernamental”.
Báez agregó que no solo aumentó la privación de libertad, sino también las multas, las cuales consideró excesivas al establecer un rango de entre 50 y 1,000 salarios mínimos.
Al opinar sobre este tema, Jiménez se limitó a decir que es de conocimiento general que la mano dura vende políticamente, atribuyendo el incremento de las penas en el Código Penal al populismo penal.
Mientras que Moscoso Segarra afirmó que el incremento de las penas, y el Código Penal en sí mismo, no constituyen una panacea contra la criminalidad.
“El legislador que diga que resuelve la criminalidad con el Código está mintiendo”.
Extender ‘Vacatio legis’
El término vacatio legis, que hace referencia al período que transcurre entre la promulgación de una ley y su entrada en vigencia, a juicio de Jiménez no debe utilizarse para modificar la norma, sino para que los actores que intervienen en su aplicación, en este caso los operadores del sistema de justicia, se adecúen a ella.
Esto, a propósito de que algunos legisladores llegaron a plantear que ese tiempo podía aprovecharse para introducir mejoras a la ley.
Sobre la preparación de los actores del sistema judicial, Báez informó que desde el momento en que fue promulgado el Código Penal los jueces comenzaron a recibir capacitación y que lo mismo ocurrió con los fiscales.
Además, dijo que la Escuela Nacional de la Judicatura publicó una obra de distribución gratuita, elaborada por juristas de renombre, en la que se explica y analiza críticamente la nueva legislación para ofrecer a los jueces un panorama amplio de la normativa.
Libertad de expresión
Al hablar sobre los temas relacionados con la libertad de expresión, la exjueza del Tribunal Constitucional, Katia Miguelina Jiménez, indicó que debería hacerse una distinción entre las funciones de la prensa y de los periodistas, y las que realizan personas que hablan a través de medios de comunicación tradicionales y plataformas alternativas.
Mientras que Moscoso cree que existen elementos inconstitucionales pero que podrán ser corregidos.
Impunidad
— Entre colegas
A juicio de Moscoso Segarra, la despenalización de algunos delitos vinculados a la palabra no puede traducirse en un escenario de impunidad para quienes utilizan los medios de comunicación con el propósito de extorsionar.

“Debemos separar a los periodistas de los que hacen opinión Pública. La prensa no se dedica a sobornar”.
Katia M. Jiménez, exjueza del TC








