Santo Domingo, República Dominicana.– Las organizaciones ACDIONA RD, FUNDACION PRIMERO y decenas de activistas civicos, acudieron al Congreso Nacional a denunciar que el nuevo Código Penal instaura la ley mordaza, en virtud de la cual, no solo se contemplan hasta 10 años por delitos de opinión, sino que prohíbe la publicación de imágenes de funcionarios y entidades públicas, sin el previo consentimiento del incumbente, consagrando penas de hasta 5 años de cárcel, lo cual es totalmente contrario tanto al artículo 49 de la constitución, como de las sentencias TC/1148/25, el TC reiteró que, mediante la decisión TC/0075/16, de fecha 4 de abril de 2016, que consagró la prohibición de penas de cárcel para la difamación e injuria
Una comisión de la Fundación Primero Justicia, encabezada por su presidente, Miguel Surun Hernández, Carmen julia Minaya, Adreina Montero, Orcar Amadis depositaron un documento en la Cámara Baja requiriendo la derogación de los artículos 182, 208 y 310, declarando la eliminación del delito de difamación e injuria, cuando se trata de funcionarios públicos, al tenor del criterio del Tribunal Constitucional.
Surun Hernández aseguró que se trata de un “proyecto mordaza”, que promueve la censura, que viola la Constitución y varios tratados internacionales en materia de derechos humanos y que da licencia a los funcionarios para operar el manejo de la cosa pública sin cuestionamientos.
“Lo que se busca con este proyecto es blindar y librar a los políticos y funcionarios públicos, de los cuestionamientos que en democracia le corresponden hacer a los ciudadanos y a la prensa, una ley de censura, que pondría en peligro el rol de los medios de comunicación y de la población en general del ejercicio cívico y democrático de generar opinión pública por las redes sociales y otros medios”, manifestó el jurista.
Surun Hernández rechazó los artículos 182, 208 y 310, alegando que el artículo 208, plantea sanciones irracionales para los medios y personas; Como es el caso de la prohibición de publicación de videos, audios y fotos de funcionarios públicos y particulares, sin su consentimiento, independiente de que hayan sido tomadas en lugares públicos.
Viola Constitución, leyes y pactos internacionales
El Presidente del Colegio de Abogados explicó que el referido proyecto viola el artículo 49 de la Carta Magna sobre la Libertad de Expresión e Información que plantea que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.
Miguel Surun Hernández dijo que asimismo vulnera la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en su artículo 13, bajo el título de Participación de la Sociedad, en las letras a, b, c y d, que disponen garantizar el acceso eficaz del público a la información; realizar actividades de información pública para fomentar la intransigencia con la corrupción, así como programas de educación pública, incluidos programas escolares y universitarios, pero sobre todo el de respetar, promover y proteger la libertad de buscar, recibir, publicar y difundir información relativa a la corrupción.
Otra violación es al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en su artículo 19, numeral uno que indica que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones y en el numeral 2 señala que toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por
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